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Nueva reducción de jornada laboral: ¿Desde qué fecha se trabajará 42 horas en Chile?

Gracias a la Ley de las 40 horas, se espera que próximamente se reduzca la jornada laboral. ¿Desde qué fecha?

Ley de las 40 horas
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Sin duda alguna, el 26 de abril de 2024 fue un día que permanecerá en la memoria de los trabajadores y trabajadoras, puesto que entró en vigencia la Ley de las 40 horas.

Esta normativa, también conocida como N° 21.561, tiene el fin de reducir la jornada laboral.

Esto sucede mediante etapas, es decir, de forma gradual, por lo que la segunda reducción de horario se espera se realice próximamente.

¿Cuándo es la segunda reducción de la jornada laboral?

Desde el 26 de abril del año pasado, se redujo de 45 horas a 44 semanales de forma obligatoria.

Además, ahora se exige el funcionamiento de medidas como el registro de asistencia electrónica o las bandas horarias para personas que estén al cuidado de niños.

En este sentido, la segunda rebaja de horas se debería realizar en un año más, o sea, el 26 de abril del 2026.

Aunque ya se pueden ver cambios en las jornadas laborales, puesto que, según indicó ADN, hoy un número no menor de empleados suele salir más temprano los días viernes.

Ley de las 40 horas
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Esto, debido a que, desde el Ministerio del Trabajo, aclararon que en una jornada de cinco días semanales, el empleador debería reducir la jornada en al menos una hora en un día.

Sin embargo, pese a que ya Chile se encuentra en 44 horas, aún queda su reducción a 42 y, luego, finalmente, a 40 horas.

¿Cuándo se rebajarán completamente las horas a 40?

La última fecha esperada para la Ley de las 40 horas, es el 26 de abril de 2028.

En ese día y año, finalmente se aplicará plenamente la ley e incluso se podrá optar, previo acuerdo mutuo con el empleador, por la jornada 4x3.

Esto implicaría trabajar cuatro días a la semana y tener tres días libres consecutivos.

Cabe destacar que ninguno de los cambios implicará rebajas en el sueldo que recibe el trabajador y trabajadora.

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A la vez, si no se respeta la normativa vigente, el encargado se expone a multas administrativas por parte de la Dirección del Trabajo (DT).


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