
El Bono Dueña de Casa, también conocido como Bono de Protección, está dirigido a las familias, específicamente a las jefas de hogar.
Este es un beneficio monetario mensual, no postulable, que reciben todas las personas usuarias del Subsistema Seguridades y Oportunidades.
Este busca ser una contribución al ingreso de estas, además de ser un apoyo al proceso de participación en los programas.
Bono Dueña de Casa: ¿Cuál es el monto que se entrega?
Este beneficio se entrega mensualmente, particularmente por 24 meses, diferenciado en el tiempo, y depende del período de ejecución del apoyo psicosocial (APS), de acuerdo con los siguientes tramos (valores para el año 2025) y según ChileAtiende:
- Los primeros 6 meses, el bono asciende a $23.694.
- Desde el mes 7 al mes 12: $18.033.
- Desde el mes 13 al mes 18: $12.398.
- Desde el mes 19 al 24: $21.243 (valor corresponde al monto del SUF).
El valor total es de $452.208 repartidos en 24 cuotas diferenciadas y se paga a través de un depósito bancario.
¿Cuáles son los requisitos?
El Bono de Protección se entrega a familias usuarias del Subsistema de Seguridades y Oportunidades que han firmado la invitación y carta de compromiso de alguno de los siguientes programas:
- Familias
- Abriendo Caminos
- Calle
- Vínculos
¿Cómo es el trámite de pago del bono?
Para la persona designada como cobradora, el pago se realizará a través de su CuentaRUT del BancoEstado.
De no tenerla, el Ministerio de Desarrollo Social y Familia solicitará la apertura de esta cuenta al BancoEstado, sin trámite ni costos.
En este caso, se deberá acercar a la sucursal del banco más cercana a su domicilio a retirar la tarjeta (plástico), ya que la cuenta se encontrará activa y se podrá hacer efectivo el cobro.
Además, según Mega, existe el siguiente orden de prioridad:
Prioridad 1: Madre de personas menores de 18 años o con certificación de invalidez o con discapacidad mental o de personas que puedan ser causantes del Subsidio Familiar.
Prioridad 2: Mujer mayor de 18 años de edad que sea jefa de hogar o pareja del jefe de hogar.
Prioridad 3: Mujer mayor de 18 años que desempeñe la función de dueña de casa.
Prioridad 4: Si no hay mujeres en el hogar que cumplan con las prioridades 1, 2 o 3, se pagará el bono al hombre mayor de 18 años que sea jefe de hogar.
Prioridad 5: Si no se cumplen las condiciones anteriores, recibirá el bono cualquier mujer mayor de 18 años de edad. Si no puede o no existe una mujer mayor de edad, se pagará a cualquier hombre mayor de 18 años.
Prioridad 6: En caso de que no sea aplicable ninguna de las prioridades anteriores, el bono se pagará a la persona mayor de edad que tenga a su cuidado a una persona menor de 18 años.