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Bono Dueña de Casa: ¿Cuáles son los requisitos?

Conoce cuáles son los montos, requisitos, formas de pago y prioridades para el Bono Dueña de Casa. Descubre los detalles.

Bono Dueña de Casa
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El Bono Dueña de Casa, también conocido como Bono de Protección, está dirigido a las familias, específicamente a las jefas de hogar.

Este es un beneficio monetario mensual, no postulable, que reciben todas las personas usuarias del Subsistema Seguridades y Oportunidades.

Este busca ser una contribución al ingreso de estas, además de ser un apoyo al proceso de participación en los programas.

Bono Dueña de Casa: ¿Cuál es el monto que se entrega?

Este beneficio se entrega mensualmente, particularmente por 24 meses, diferenciado en el tiempo, y depende del período de ejecución del apoyo psicosocial (APS), de acuerdo con los siguientes tramos (valores para el año 2025) y según ChileAtiende:

  • Los primeros 6 meses, el bono asciende a $23.694.
  • Desde el mes 7 al mes 12: $18.033.
  • Desde el mes 13 al mes 18: $12.398.
  • Desde el mes 19 al 24: $21.243 (valor corresponde al monto del SUF).

El valor total es de $452.208 repartidos en 24 cuotas diferenciadas y se paga a través de un depósito bancario.

¿Cuáles son los requisitos?

El Bono de Protección se entrega a familias usuarias del Subsistema de Seguridades y Oportunidades que han firmado la invitación y carta de compromiso de alguno de los siguientes programas:

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  • Familias
  • Abriendo Caminos
  • Calle
  • Vínculos

¿Cómo es el trámite de pago del bono?

Para la persona designada como cobradora, el pago se realizará a través de su CuentaRUT del BancoEstado.

De no tenerla, el Ministerio de Desarrollo Social y Familia solicitará la apertura de esta cuenta al BancoEstado, sin trámite ni costos.

En este caso, se deberá acercar a la sucursal del banco más cercana a su domicilio a retirar la tarjeta (plástico), ya que la cuenta se encontrará activa y se podrá hacer efectivo el cobro.

Además, según Mega, existe el siguiente orden de prioridad:

Prioridad 1: Madre de personas menores de 18 años o con certificación de invalidez o con discapacidad mental o de personas que puedan ser causantes del Subsidio Familiar.
Prioridad 2: Mujer mayor de 18 años de edad que sea jefa de hogar o pareja del jefe de hogar.
Prioridad 3: Mujer mayor de 18 años que desempeñe la función de dueña de casa.
Prioridad 4: Si no hay mujeres en el hogar que cumplan con las prioridades 1, 2 o 3, se pagará el bono al hombre mayor de 18 años que sea jefe de hogar.
Prioridad 5: Si no se cumplen las condiciones anteriores, recibirá el bono cualquier mujer mayor de 18 años de edad. Si no puede o no existe una mujer mayor de edad, se pagará a cualquier hombre mayor de 18 años.
Prioridad 6: En caso de que no sea aplicable ninguna de las prioridades anteriores, el bono se pagará a la persona mayor de edad que tenga a su cuidado a una persona menor de 18 años.


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