Noticias

Reforma de pensiones: Estos son los cambios que tiene la ley aprobada y cómo afectan a las AFP

Cónoce cómo la Reforma de pensiones en Chile afectará el aumento en la cotización del empleador y los cambios en los fondos.

Reforma de Pensiones AFP GettyImages-1407585675 web
Agencia Uno

Durante la tarde de este miércoles, la Cámara de Diputados aprobó la reforma de pensiones, haciendo cambios sustanciales el sistema previsional chileno.

Así, el Gobierno de Gabriel Boric, logró sacar adelante uno de sus proyectos más emblemáticos.

A pesar de eso, la reforma sufrió varias modificaciones y el Ejecutivo tuvo que ceder en puntos clave como la permanencia de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP). También en la mitad de la nueva cotización realiza por el empleador fuera utilizada en un sistema solidario en lugar de individual.

Entre los cambios más significativos se encuentra el aumento en la cotización del empleador, la creación de un Seguro Social Previsional y el reemplazo de los multifondos por fondos generacionales.

Los cambios que creó la reforma de pensiones

Aumento de cotización y destino de los fondos

La reforma eleva la cotización del empleador al 8,5% de la remuneración imponible, distribuido de la siguiente manera:

  • 4,5% a la capitalización individual del trabajador.
  • 1,5% a la cotización con rentabilidad protegida, un préstamo al Estado que se devuelve al momento de jubilar.
  • 2,5% al Seguro Social, que financia beneficios como el seguro de invalidez, sobrevivencia y expectativa de vida.

Creación del Seguro Social Previsional y sus beneficios

Este seguro incorpora tanto beneficios transitorios como permanentes:

  • Beneficio por años cotizados: entrega 0,1 UF por año cotizado, con un tope de 2,5 UF mensuales. Para acceder, las mujeres deben haber cotizado al menos 10 años y los hombres 20 años.
  • Compensación por expectativa de vida: busca equiparar las condiciones entre hombres y mujeres. Las pensionadas recibirán un 11% adicional sobre su pensión autofinanciada, con un piso de 0,25 UF a partir de los 65 años.
  • Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS): unifica estos beneficios bajo la supervisión del Instituto de Seguridad Social (ISP) y la Superintendencia de Pensiones, que establecerá las normativas generales para su cálculo.

Aumento de la Pensión Garantizada Universal (PGU)

La reforma incrementa el monto de la PGU de $224.000 a $250.000, con un alza que se concretará en tres etapas:

Publicidad
  • Desde el sexto mes de publicada la ley, recibirán el nuevo monto los pensionados mayores de 82 años.
  • A los 18 meses, la medida beneficiará a los pensionados mayores de 75 años.
  • A los 30 meses, la PGU ampliada será otorgada a todos los beneficiarios mayores de 65 años.

Fondos generacionales en reemplazo de los multifondos

La reforma reemplaza el sistema de multifondos por fondos generacionales, en los cuales la inversión de los ahorros previsionales estará determinada por la edad del afiliado, consignó ADN. Esto permitirá que:

  • Los más jóvenes estén expuestos a activos de mayor riesgo para potenciar el crecimiento de sus fondos.
  • Los afiliados de mayor edad accedan a activos de menor riesgo para garantizar estabilidad en sus pensiones.

Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP)

El proyecto crea el Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP), al que se destinarán:

  • 1,5% de la cotización con rentabilidad protegida, que opera como un préstamo reembolsable.
  • 2,5% del bono tabla, que compensa la diferencia de pensión entre hombres y mujeres.
  • Aporte permanente al SIS, que garantizará su financiamiento a futuro.

Cambios en la administración de los fondos de pensiones

La Superintendencia de Pensiones implementará un nuevo mecanismo de licitación:

  • Se licitará a los nuevos afiliados a la administradora que ofrezca la menor comisión.
  • Cada dos años, se licitarán grupos de afiliados ya existentes en las AFP, seleccionados de manera aleatoria, representando el 10% del total de afiliados.

Sistema único de cobranza de cotizaciones adeudadas

Las administradoras estarán obligadas a financiar y operar un sistema único de cobranza prejudicial y judicial de cotizaciones impagas.

  • La cobranza judicial será realizada de forma conjunta por las administradoras, subcontratando el servicio mediante una licitación abierta.
  • La cobranza prejudicial quedará a cargo de la Tesorería General de la República

Publicidad

Contenido patrocinado