No se puede negar que la restricción vehicular llega a ser de esas normativas que se respetan mucho por los conductores.
Creada hace varios años atrás, su objetivo principal es disminuir de una manera drástica, la contaminación ambiental. Algo que incluso iría de la mano con bajar el nivel de tráfico de automóviles y motocicletas en las calles.
A decir verdad, esto está sirviendo un montón para encaminarse hacia el resultado deseado, ya que es ayudado en sí con las multas. Las cuales van desde 1 a 1,5 UTM. Un monto realmente considerable para cada infractor.
Día a día esta va cambiando, enfocándose en un calendario que rota según el último dígito de cada patente. El cual deja fuera de circulación a dichos móviles que contengan ese número final.
Entérate de los detalles de lo que será esta normativa para el lunes 8 de julio para la Región Metropolitana.
¿Qué autos no podrán circular por la Restricción Vehicular hoy?
Tal y cómo te lo mencionábamos anteriormente, la gracia de todo está en bajar los altos niveles de contaminación que están en la capital. Algo que sin dudas se puede lograr ocupando esta medida. Pues así no hay gases innecesarios en el aire, producidos por autos y motos.
Es mediante un calendario que se va seleccionando a estos vehículos por su último dígito. Variando en definitiva día a día, según lo ordenado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
En definitiva, esta semana comenzará nuevamente el ciclo que se lleva repitiendo desde que comenzó en el mes de mayo.
Es así como para el lunes 8 de julio, la Restricción Vehicular se hará efectiva a partir de los siguientes detalles:
Con sello:
- Automóviles, station wagon y similares con sello verde inscritos desde el 1 de septiembre de 2011 y que tengan patente terminada en 4 y 5.
- Motocicletas inscritas antes del 1 de septiembre de 2010 con patentes terminadas en 4 y 5.
Sin sello:
- Motocicletas inscritas antes del 2002 con patente terminada en 8, 9, 0 y 1.
- Automóviles, station wagon y similares SIN sello verde con patente terminada en 8, 9, 0 y 1.
- Buses de transporte privado de personas, buses interurbanos y rurales de pasajeros, y transportes de cargas con patente terminada en 8, 9, 0 y 1.