Noticias

Nuevo bono de $900.000: De qué se trata y cuáles son los requisitos para obtenerlo

El nuevo bono entregado por el gobierno busca ayudar con sus gastos a miles de madres a lo largo y ancho del país.

bono
Agencia Uno

Los bonos son uno de los beneficios más importantes que otorga el estado a los chilenos a lo largo del año. Estos aportes económicos muchas veces son los encargados de aliviar los gastos mensuales de muchos, sin embargo para acceder a estos hay ciertos requisitos que se deben cumplir.

Uno de los más relevantes que se implementaron durante este año, fue el Bono por Hijo 2024. Este consiste en una suma de dinero entregada las madres por cada hijo o hija de la familia, ya sea nacido en ella o adoptado.

El beneficio comienza a hacerse efectivo a partir del nacimiento del nuevo miembro de la familia. A su vez, el aporte es del 10% de 18 ingresos mínimos mensuales. Sin embargo, el monto obtenido, si el nacimiento fue previo al 1 de julio de 2009 será de $165.000, mientras que si se dio posterior a esta fecha; el porcentaje se aplicará al ingreso mínimo correspondiente al mes del parto.

El aumento del Bono por Hijo 2024

Durante los próximos meses la cantidad correspondiente al Bono por Hijo 2024 verá un cambio. Esto ya que las madres beneficiadas podrán acceder a la suma de $900.000 por hijo.

Con respecto a este aumento, en una conversación con el medio ADN el Instituto de Previsión Social (IPS) señaló que a partir “de julio de 2024, cuando aumente el ingreso mínimo mensual a $500.000, el monto referencial aproximado de la Bonificación por cada hijo nacido vivo será de $900.000 por cada hijo(a)”.

Además de estar sujeto a variaciones, las madres podrán acceder a este beneficio sólo si cumplen con una serie de requisitos. En primer lugar se encuentra el contar con 65 años o más, así como los siguientes:

  • Contar con una cédula de identidad vigente.
  • Residir en Chile por un período de 20 años (continuos o discontinuos).
  • Estar afiliada a una AFP y obtener pensión a partir del 1 de julio de 2009.
  • Ser beneficiaria de la Pensión Garantizada Universal (PGU).
  • En caso de no estar afiliada a un régimen previsional, se debe recibir una Pensión de Sobrevivencia -con Aporte Previsional Solidario de Vejez- por una AFP, compañía de seguros o el Instituto de Previsión Social desde el 1 de julio de 2009.


Contenido patrocinado