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Tras cancelación de show de Aerosmith en Chile productora deberá devolver el 100% del dinero

Después de 6 años del fallido concierto e Aerosmith en Chile, la Corte Suprema ordenó a The Fan Lab realizar la devolución total del dinero.

Aerosmith devolución dinero
Getty Images

Tras el fallido concierto de Aerosmith en Chile en el festival Santiago Rock City del año 2017. La Corte Suprema ordenó a la productora The Fun Club realizar la devolución total del dinero. A raíz de la infracción de la ley de protección de los derechos del consumidor.

La decisión la realizó la Primera Sala del máximo tribunal de justicia. A su vez la sala la conforman los ministros Arturo Prado, Mauricio Silva, las ministras María Angélica Repetto, María Soledad Melo y Raúl Fuentes.

“Que conforme a lo precedentemente razonado, del examen del fallo impugnado fluye que no es efectivo que la prueba, en su integridad, no fue valorada por los jueces de fondo. Ya que ella fue analizada y razonadamente ponderada por los mismos, según se desprende de la lectura de la totalidad de los motivos del fallo de alzada”. Se lee en el fallo disponible en la plataforma del Poder Judicial.

Por su parte, Ignacio Labra, Abogado Experto en Derecho del Consumidor y Ex Coordinador de Interpretación Jurídica del Sernac declaró: “Son casos complejos, hay infracciones por parte de las empresas pero las soluciones no son tan sencillas. Todos los que se vieron afectados verán mecanismo para restitución del 100% de los dineros”.

En consecuencia a lo ocurrido en el 2017 el Sernac recibió más de 2 mil reclamos por parte de los consumidores. Estos que exigían la devolución de su dinero tras la baja de Aerosmith.

¿Por qué no se presentó Aerosmith en Chile el 2017?

Recordemos que la banda Aerosmith bajo su presentación en Chile, luego de que e cantante Steven Tyler sufriera convulsiones tras su show en Brasil.

La resolución agrega: “Aclarado lo anterior, aparece que el recurrente pretende que esta Corte efectúe una nueva valoración de la prueba rendida, de manera tal que para que su recurso prospere requiere del establecimiento de un supuesto fáctico distinto. Lo que se evidencia al señalar que los jueces ‘no construyeron a este respecto presunciones, existiendo elementos más que suficientes para ello. Que sirvan para materializar la realidad de los hechos’”.

 


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