Dentro de los beneficios que entrega el Estado, se encuentra el IFE Laboral, el cual se destina las y los trabajadores que consigan un nuevo contrato de trabajo luego de haber estado cesantes, al menos, un mes antes de que realicen su postulación, este entrega un aporte mensual de hasta $300 mil pesos, por un periodo de tres meses seguidos, y el total a recibir depende de ciertas características del postulante, por lo que a continuación te contamos cómo saber si es que eres beneficiario.
¿Cómo puedo saber si soy beneficiario del IFE Laboral?
En un primer momento, el IFE Laboral se podía solicitar hasta el mes de diciembre de 2022. Sin embargo, tras los anuncios que hizo el Gobierno recientemente, el beneficio tendrá su postulaciones abiertas hasta junio de 2023.
Para conocer si podrás recibir los tres pagos mensuales del IFE Laboral, puedes averiguarlo a continuación:
- Ingresa a la página del Sence sobre el IFE Laboral y presiona en "Iniciar Sesión".
- Digita tu RUT y Clave Única.
- Selecciona "Tu Cuenta".
- Tras esto, la plataforma mostrará el historial de solicitudes que has hecho durante este año o el año anterior.
- Si en el estado de tu postulación dice "Concedido", quiere decir que eres uno de los beneficiarios del IFE Laboral y que podrás recibir tu pago este 9 de enero (si es que postulaste en noviembre).
- Por otro lado, si tu postulación es "Rechazada", puedes seleccionar la opción "Ver detalle e historial de cambios". Donde se indicará el motivo por el cual no podrás recibir los pagos de este bono.
¿Qué requisitos debo cumplir para postular al bono?
Para pedir el aporte de este beneficio, los trabajadores deberán cumplir con las siguientes condiciones:
- Tener un nuevo contrato de trabajo (en el mes actual o máximo el mes anterior a la postulación).
- Tener una remuneración mensual bruta imponible menor o igual a tres Ingresos Mínimos Mensuales ($1.200.000).
- Haber estado cesante durante todo el mes anterior al inicio del nuevo contrato de trabajo.
En tanto, los que no podrán acceder al IFE Laboral son las siguientes personas:
- Las personas que no hayan estado cesantes previo a haber comenzado el nuevo contrato de trabajo por el que postulan al beneficio.
- Los que estén gozando de licencia médica (incluye pre y posnatal) al momento de su postulación.
- Las personas que ya hayan recibido el beneficio por una postulación previa.