El estallido social 2019 y el Covid-19 han dejado grandes consecuencias a nivel nacional. Sobre todo en el ámbito laboral, donde miles de personas quedaron sin trabajo. A pesar de la creación de 29 mil empleos nuevos aún no se logran recuperar los niveles de empleo previos a la pandemia.
El problema es que durante los últimos años aumentó el número de personas en edad de trabajar en el país. Faltarían entonces, 480.000 trabajos por crear, por eso desde el gobierno entregan una serie de beneficios para aquellos que aún no encuentran empleo.
¿Cuáles son los beneficios y cómo postular?
Seguro de Cesantía
Es un seguro que protege a los trabajadores dependientes regidos por el Código del trabajo. Los trabajadores dependientes con contrato indefinido, a plazo fijo, o por obra o servicio que hayan firmado su contrato desde el 2 de octubre de 2002, tienen derecho al Seguro de Cesantía. Desde octubre de 2020, también son parte de este beneficio trabajadores de casa particular.
El seguro está a cargo de la Administradora de Fondos de Censantía (AFC). Este beneficio se debe solicitar en la web de la AFC y para obtenerlo se debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Estar cesante y cumplir con cualquiera de las causales de término de relación laboral contempladas en el Código del Trabajo.
- Contar con un mínimo de cotizaciones pagadas (al menos 12 mensuales en caso de haber tenido contrato indefinido o al menos 6 mensuales si tenía contrato a plazo fijo o por obra, faena o servicio).
- Las cotizaciones se cuentan desde la afiliación o desde el último cobro del Seguro hasta el mes de término de la relación laboral. Las cotizaciones pueden ser continuas o discontinuas y de uno o más empleadores.
En caso de quedar cesante, se retirar el dinero acumulado en esta cuenta, mediante giros mensuales según el porcentaje de remuneración. Cabe destacar que quienes accedan al seguro mantienen sus beneficios de salud a través de Fonasa.
Subsudio de Censatía
Dirigido a aquellos trabajadores que no tienen derecho al Seguro de Cesantía. El beneficio permite que quienes estén cesantes reciban una ayuda económica mensual, por un período máximo de 360 días, que da derecho a asistencia médica gratuita, recibir la Asignación Familiar y/o Maternal, y a la Asignación por Muerte.
Este beneficio debe ser solicitado ante la institución previsional que corresponda al trabajador subsidiado (IPS o caja de compensación), que también será la encargada de su pago.
Fondo de Cesantía Solidario
Este beneficio lo pueden recibir los afiliados a la AFC que no cuentan con recursos suficientes en su cuenta individual por cesantía, al momento de perder su trabajo. También quienes hayan agotado sus fondos del Seguro de Cesantía.
Para recibir los pagos, las personas deben estar cesantes, tener recursos insuficientes en su cuenta individual de cesantía, contar con 12 cotizaciones pagadas en el FCS en los 24 meses anteriores al despido y sus tres últimas cotizaciones deben ser continuas y del mismo empleador.
El contrato de trabajo debe haber terminado por vencimiento del plazo convenido. También por conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato, caso fortuito, fuerza mayor, establecimiento o servicio.
Los afiliados deben activar una cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo.