El Bono Sala Cuna nace de una de las principales preocupaciones que tienen las madres o personas responsables de un niño o niña, al momento de trabajar: quién encargarán el cuidado de sus pequeños. A raíz de esa preocupación, las salas cuna y jardines infantiles surgen como una alternativa válida para dejar a los niños durante su jornada laboral.
A las trabajadoras del sector privado que realizan sus funciones en empresas con más de 20 mujeres contratadas y a las trabajadoras del sector público, la ley les asegura cobertura de sala cuna o jardín infantil para niños menores de dos años. Esto, ya sea porque sus empleadores entregan el beneficio o les pagan un bono compensatorio.
Por otro lado, el Estado entrega el Subsidio Protege, que es un beneficio que entrega $200 mil mensuales. Esto es para las y los trabajadores que no tengan garantizado el derecho a sala cuna por parte de su empleador y que tengan el cuidado de niños y niñas menores de dos años.
¿Cuándo se paga el bono?
Para quienes no puedan acceder a ninguna de estas dos opciones, la Dirección del Trabajo ha permitido la suscripción a acuerdos entre empleador y trabajadora.
Este acuerdo permite que las madres que trabajan en determinadas condiciones excepcionales, reciban un bono compensatorio por un monto que permita financiar la sala cuna.
Este beneficio lo pueden recibir las trabajadoras que:
- Trabajen en una localidad en que no existe ningún establecimiento que cuente con la autorización debida.
- Se desempeñen en faenas mineras ubicadas en lugares apartados de centros urbanos.
- Presenten servicios en horarios nocturnos.
En todos estos casos, para que se pueda otorgar un bono compensatorio por concepto de sala cuna, se debe solicitar autorización ante la Dirección del Trabajo. Además, se puede acordar otorgar el bono sala cuna cuando el menor padezca de problemas médicos que aconsejen no enviarlo a sala cuna.