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Subsidio Maternal: ¿Cuáles son los requisitos para acceder al beneficio?

Para las mujeres embarazadas que sean trabajadoras dependientes o independientes, existe un beneficio estatal llamado Subsidio Maternal.

Adolfo Jesús |

subsidio maternal

Agencia Uno

El Estado entrega una serie de beneficios que ayudan a aliviar un poco el bolsillo de las familias más vulnerables. Entre ellos, se encuentra el Subsidio Maternal, el cual es un beneficio que se dirige a las mujeres embarazadas que trabajan de manera dependiente o independiente.

Si quieres saber las condiciones, los requisitos y el monto del beneficio, aquí te lo contamos.

¿De qué trata este beneficio?

Este monto dirigido a mujeres embarazadas que trabajan de manera dependiente o independiente se entrega en reemplazo del salario de la trabajadora. En el caso de las trabajadoras dependientes, pueden pertenecer al sector privado o público.

Para que lo reciban, deben pertenecer al 60% más vulnerable del país, esto de acuerdo al Registro Social de Hogares. Asimismo, esta ayuda económica se entrega a partir del quinto mes de embarazo.

¿Quiénes pueden postular al Subsidio Maternal?

Las que tengan las siguientes licencias médicas:

- Las que tengan prenatal y prenatal suplementario.

- También, postnatal y postnatal prolongado.

- Las que tengan postnatal parental.

- Permiso por enfermedad grave del niño/a menor de un año.

- Licencia Médica Preventiva Parental (LMPP). Esta corresponde a la extensión del postnatal a las madres y padres, cuyo permiso postnatal parental termine entre el 18 de marzo y la fecha hasta que se extienda el estado de excepción.

¿Qué requisitos se piden para el beneficio?

Trabajadoras dependientes e independientes:

- Deben tener seis meses de afiliación previsional (AFP) antes del día de inicio de la licencia.

- Al menos tres meses de cotizaciones (90 días) dentro de los seis meses anteriores a la fecha de que inició la licencia médica.

- Deben tener un contrato de trabajo vigente.

Trabajadoras dependientes:

- Deben tener seis meses de afiliación previsional antes del día de inicio de la licencia.

- Tienen que llevar 30 días de cotizaciones (continuas o discontinuas) dentro de los 180 días anteriores al inicio de la licencia médica.

- Deben tener un contrato de trabajo vigente.

Trabajadoras independientes:

- 12 meses de afiliación previsional (AFP) anteriores al mes en que se inicia la licencia.

- Seis meses de cotizaciones continuas o discontinuas dentro del período de 12 meses de afiliación previsional anterior al mes en que se inició la licencia.

- Al día el pago de sus cotizaciones, es decir, pagaron la cotización correspondiente al mes anterior a aquel en que se inicie la licencia médica.

Trabajadoras independientes que coticen:

- Deben acreditar esta calidad presentando el comprobante de pago de sus cotizaciones ante el Servicio de Impuestos Internos (SII).

- Quedan exentas de los demás requisitos a contar de julio del año en que realizan su primera declaración de renta hasta el 30 de junio del año siguiente.

¿Cómo postular al Subsidio Maternal?

Para postular al Subsidio Maternal, es necesario que la beneficiaria tenga licencia médica. El Compin o Isapre es la que resuelve el derecho al descanso maternal y si se autoriza la licencia, se determina si corresponde el beneficio. Este se paga en reemplazo de la remuneración.

Por otro lado, se solicitarán los antecedentes que se requieren según el tipo de trabajadora y el tipo de licencia médica con el que cuenta. También, para más información puedes revisar el sitio web de Chile Atiende.

¿Cuál es el monto del subsidio?

Si la licencia médica es superior a 10 días, el Subsidio Maternal se pagará por día desde el primer día de la licencia. Asimismo desde el cuarto día si es que la licencia es igual o inferior a 10 días.

Sin embargo, el monto diario del Subsidio Maternal no puede ser inferior a la trigésima parte del 50% del ingreso mínimo para fines remuneracionales. Esto quiere decir decir:

- Ingreso mínimo para fines no remuneracionales (desde marzo de 2020): $206.590.

- 50% del ingreso mínimo para fines no remuneracionales: $103.295.

- Trigésima (30) parte del 50% del ingreso mínimo para fines no remuneracionales. Es decir, $3.443, lo cual corresponde al monto mínimo del subsidio.

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