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Permiso Único Colectivo: ¿Cuáles son los nuevos cambios?

Esta mañana, el Ministerio de Salud anunció nuevos cambios con respecto a los Permisos Únicos Colectivos y a la definición de labor esencial.

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Esta mañana, el Ministerio de Salud, entregó un nuevo balance diario con respecto al plan Paso a Paso por la pandemia de COVID-19. En la instancia, se dio a conocer que endurecerán las medidas con respecto al Permiso Único Colectivo. Esta decisión, según indicaron, surge debido al mal uso que algunas personas están haciendo de él, ya que este se limita exclusivamente a labores esenciales y así prevenir nuevos contagios de la enfermedad.

Se eliminarán giros

Con respecto a la entrada a supermercados y malls en fase 1 de cuarentena, la subsecretaria de Prevención del Delito, Katherine Martorrell, indicó que para ingresar con un Permiso Único Colectivo (PUC), sólo se podrá en los casos que sean mayoristas esenciales (por ejemplo, almaceneros). A esto, añadió que no existen otros PUC que sirvan para entrar a estos recintos.

Por otro lado, agregó que recintos como farmacias y bancos, que se les considera como giros esenciales, deberán solicitar estos permisos. “Todos ellos deberán solicitar el permiso de desplazamiento general a las personas para poder ingresar y a aquellas personas que son mayoristas esenciales que usarán su permiso único colectivo”, indicó.

¿Cuáles son los cambios a estos Permisos Únicos Colectivos?

Además, la subsecretaria anunció que “se limita y redefine lo que se entiende por un funcionario esencial”. Esto va a aplicar para el sector privado y público, por lo que se limitará así el desplazamiento de personas hacia sus trabajos.

Un funcionario esencial, aclaró, “es aquel prestador de servicio o trabajador de una institución pública o privada que se desempeña en funciones que no pueden ser desarrolladas de manera telemática como actividades logísticas, productivas o de mantención de sistemas, seguridad y limpieza”.

Esto quiere decir que quedan fuera las personas que realizan funciones administrativas, contables, financieras y consultorías. “No se puede solicitar permiso único colectivo para estas personas”, afirmó la subsecretaria.

Luego de ello, se refirió al caso de los conserjes. “No están facultados para solicitar los permisos de desplazamientos, pero sí existe un reglamento de copropiedad de edificios y es importante que los vecinos puedan organizarse para que puedan cumplir de mejor manera, no solamente las medidas para el traslado y la movilidad, sino también las medidas de higiene que se generan en el mismo edificio”, explicó Martorrell.

Sobre los trabajadores de la construcción, la autoridad de Gobierno dijo que “la construcción pública siempre ha estado permitida. De hecho hay obras importantísimas como hospitales que esperamos que puedan entregarse prontamente”.

Por otra parte, dijo que “la construcción privada solo está permitida aquella que está autorizada en un protocolo que tiene la Cámara de Construcción con el Ministerio de Economía, que consiste en la toma de PCR semanales, el traslado privado a cada uno de sus trabajadores.

"El giro en sí mismo no va a estar autorizado más a través de Comisaría Virtual, sino que solamente aquellos que, de acuerdo a la Cámara de la Construcción, firman el convenio y lo autoriza el Ministerio de Economía”, finalizó.

También, las empresas tendrán que informar en el Permiso Único Colectivo lo siguiente:

  • El total de trabajadores de la empresa (contratados o que prestan servicios a esta).
  • El número de trabajadores o prestadores de servicios que considera esenciales y para los cuales se las solicita PUC.
  • La labor del trabajador considerado esencial y para el que se solicita permiso (labores operativas, logísticas y productivas, mantención de sistemas, seguridad, limpieza y sanitización).

 


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