Esta semana comenzó el proceso transitorio en que la ley permite a los pensionados y afiliados con enfermedades terminales, a poder recibir una pensión anticipada y acceder al retiro de ahorros previsionales de las AFP desde sus cuentas individuales.
La iniciativa legal va a regir desde julio, pero esta permite solicitar este beneficio desde ahora. Esto podrá ser siempre que los afiliados y pensionados estén haciendo uso de las Garantías Explícitas de Salud (GES) por cuidados paliativos en cáncer avanzado u otros diagnósticos que estén determinados en la normativa.
Dicha etapa temporal para retirar fondos de AFP estará disponible hasta el próximo 30 de junio y los potenciales beneficiarios deberán acreditar su enfermedad terminal ante un médico especialista para que así puedan acceder a sus fondos de manera anticipada.
Recuerda que Ley que permite el retiro anticipado de parte de los fondos de las cuentas individuales de las personas que padecen una enfermedad acreditada como terminal entró en vigencia en su etapa de transición el 1 de abril.
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¿Cómo solicito el beneficio de retiro de fondos de AFP?
La Asociación de AFP informa que existirán tres pasos para que el beneficiado pueda acceder a este retiro de fondos:
- El afiliado o pensionado tendrá que ingresar su solicitud en el sitio web de su respectiva AFP. Si así lo quiere, también puede adjuntar un certificado médico que acredite su enfermedad terminal.
- En paralelo, la Unidad de Cuidados Paliativos del recinto en donde se atiende el afiliado o pensionado se va a encargar de ingresar el mismo certificado a la AFP.
- Por otro lado, la AFP va a validar los datos ingresados por el potencial beneficiario y el organismo médico. De esta manera, comunicará al afiliado o pensionado si acepta o rechaza la solicitud presentada.
La ley establece que la persona calificada como enferma terminal podrá recalcular su pensión a 12 meses permitiendo un aumento en el monto de ésta.
En este cálculo se reservarán los fondos para pensiones de sobrevivencia y cuota mortuoria.
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Si esta solicitud se acepta, el pago de la pensión anticipada se va a depositar en la cuenta que haya informado el beneficiario. Esta tiene que coincidir con el número de cédula de identidad. Este monto a recibir va a ser acorde a la expectativa de vida de la persona en situación de enfermedad terminal y se considera un periodo de 12 meses.
Al contrario, si esta solicitud se rechaza, la AFP va a explicar las razones de tal decisión a la persona afiliada. Esta, tendrá la posibilidad de apelar para recibir el beneficio.
¿Puede ir un familiar o un cercano a realizar la solicitud?
Desde la Asociación de AFP, responden que estas solicitudes se pueden ingresar por un mandatario o un representante de esta persona en situación de enfermedad terminal. Sin embargo, estos deberán tener un mandato que se haya otorgado por escritura pública.
Es toda enfermedad o condición patológica grave de carácter progresivo e irreversible, sin tratamiento específico curativo o que permita modificar su sobrevida. O bien, cuando los recursos terapéuticos utilizados dejan de servir, con una expectativa de vida menor a 12 meses. pic.twitter.com/SGM2tAGVYH
— AFP de Chile (@AFPdeChile) April 1, 2021
También, "el afiliado o pensionado puede otorgar un mandato especial simple de acuerdo al formato disponible. Los mandatos y documentos pertinentes podrán adjuntarse a través del sitio web y los canales digitales de la AFP por parte del mandatario", añaden.
De otra forma, si el afiliado o pensionado en situación de enfermedad terminal no puede expresar su voluntad debido a su estado de salud o alguna otra razón en particular, la solicitud la deberá hacer un curador. También, lo podrá realizar un mandatario general o especial. Estos deberán tener un poder otorgado por escritura pública o por instrumento privado con una firma que se haya autorizado por Notario.
Para averiguar más sobre este beneficio, puedes acceder a la página web de la Asociación AFP Chile.