Este miércoles, la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó en general el proyecto que crea un impuesto a los "Súper Ricos". Sin embargo, al haber sido objeto de indicaciones, la propuesta volverá a la Comisión de Constitución. Esto, para un segundo informe donde se abordarán estos detalles.
APROBADO ✅| Cámara aprueba en general la reforma constitucional para establecer, por única vez, un impuesto al patrimonio de determinadas personas naturales, destinado al financiamiento de una renta básica de emergencia, con 105 votos a favor, 18 en contra y 26 abstenciones. pic.twitter.com/DtJrtyntPS
— Diputadas y Diputados de Chile (@Camara_cl) April 21, 2021
¿Qué busca este proyecto de ley de impuesto a los 'Súper Ricos'?
Esta, busca financiar una renta básica de emergencia por única vez a estas personas. Hoy tuvo 105 votos a favor, 18 en contra, y 26 abstenciones, superando el quórum necesario de 3/5.
Esta reforma constitucional se presentó a la Sala por medio del informe de la Comisión de Constitución y se rindió por la diputada Camila Vallejo (PC), una de las que impulsó la iniciativa. En la instancia, también se concertó un texto que establece que la recaudación de estos impuestos a los "Súper Ricos" va a permitir el financiamiento de transferencias monetarias para apoyar a los hogares en esta crisis sanitaria.
IMPUESTO A LOS SÚPER RICOS📰| Aprueban en general proyecto sobre impuesto a grandes fortunas. https://t.co/q7lVlVmjJX
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Con esta norma se gravará el patrimonio neto de las personas naturales. Las que, al 31 de diciembre de 2020, tengan domicilio o residencia en Chile. También, que su valoración sea superior al equivalente, en pesos chilenos, de 22 millones de dólares americanos.
El proyecto del impuesto a los "Súper Ricos", también establece la manera en que se efectuará la valoración de este patrimonio neto. Este se entenderá como la totalidad de los bienes, derechos, valores y/o beneficios que conforman sus activos. Estos podrán ubicarse en Chile o el exterior.
¿Cuándo se efectuaría el pago de esta renta de emergencia?
Si bien aún no existe una fecha de pago exacta, este impuesto a los "Súper Ricos" se llevará a cabo cuando la reforma constitucional se publique. De esta manera, se declarará y se pagará durante los 60 días que corran y se cuenten en ese momento.
También se agrega que este no será deducible, acreditable ni podrá compensarse contra otros impuestos. Por otro lado, establecerá sanciones a las declaraciones maliciosamente incompletas o falsas que puedan inducir a la liquidación de un impuesto inferior al correspondiente.
La propuesta, por otro lado, incorporará un aumento transitorio. Este llegará a un 30%, de la tasa del Impuesto de Primera Categoría para mega empresas. Se les considera como tal a aquellas cuyo promedio de ingresos brutos, que se perciban o devengan del giro, sea superior a 1.000.000 de UF.
A los “Súper Ricos”, también se les aumentará proporcionalmente la tasa de pagos provisionales mensuales. Estos, según la Ley sobre Impuesto a la Renta, les corresponde pagar en los ejercicios 2021 y 2022.
Asimismo, el proyecto señala que, en este mismo periodo, se terminarán con beneficios tributarios que se establecen en la Ley sobre impuesto a la Renta. También, la exención de impuestos que beneficia a los retiros de los Fondos de Inversión Privado.
Para concluir, la norma establece que se deberá rendir cuenta a la Cámara sobre el rendimiento, recaudación y administración de estos impuestos. Esto, con tal de que se cumpla su finalidad, y exponiendo los planes de entrega y financiamiento a las familias que resulten beneficiadas. Esta cuenta tendría un carácter público y estaría sujeta a la fiscalización de la Contraloría General de la República.