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Si soy repartidor de delivery, ¿Qué documentos debo presentar este fin de semana?

Ante la suspensión del permiso de desplazamiento de este fin de semana, estos son los documentos que deberán presentar los repartidores.

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Ante la suspensión del permiso de desplazamiento individual de este fin de semana, han surgido las dudas sobre cómo funcionará el comercio y a qué servicios de delivery recurrir en caso de que las personas necesiten abastecerse durante ambos días. Sin embargo, también existen dudas sobre cuáles documentos tendrán que presentar los que realizan delivery en aplicaciones digitales.

Al respecto, la autoridad sanitaria explicó que deberán presentar el permiso colectivo o de repartidor. Además del contrato de trabajo o el certificado de relación laboral en caso de que se les fiscalice.

¿Cuál es el problema que tienen los repartidores de delivery?

Pese a ello, existen aplicaciones que no entregan estos documentos a los que trabajan en sus compañías. Esto, debido a que no están regularizadas en nuestro país.

Esto surge debido a la serie de problemas que han tenido algunos repartidores de delivery cuando atraviesan controles sanitarios. En ellos, se les exige el permiso que se obtiene en Comisaría Virtual, y también un contrato de trabajo.

Estas empresas de despacho no entregan esos documentos. Debido a ello, al no contar con ellos los repartidores, se les devuelve a sus hogares o hasta incluso se les multa.

¿Qué solución dan las autoridades?

Al respecto, respondió el jefe del Departamento de Acción Sanitaria de la Seremi de Salud en el Bío Bío, Hugo Rojas. Él explica que si los repartidores no poseen un contrato de trabajo, también pueden presentar un certificado de relación laboral. Este documento, junto al permiso único colectivo de trabajo.

Por su parte, la seremi del Trabajo, Sintia Leyton, declaró que algunas de estas aplicaciones están haciendo llegar los permisos únicos colectivos repartidores. Otra de las opciones es tener que ir a una comisaría de Carabineros para obtener este permiso.

Como dice el título 6 del Instructivo de Desplazamiento del Gobierno, las personas que realicen delivery a través de plataformas digitales, están habilitadas para circular en zonas de cuarentena mientras cuenten con el “permiso de repartidores”.

Este documento tiene una vigencia de 24 horas y los trabajadores deben presentarlo junto a su cédula de identidad o pasaporte ante los fiscalizadores. Esto, sin mencionar el contrato de trabajo y certificado de relación laboral.


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