El también conocido “Aguinaldo de Navidad”, es un aporte entregado por el gobierno para que- aquellos que cumplan con los requisitos- puedan tener un ingreso extra en medio de las celebraciones de fin de año. Este no necesita postulación, es decir, se paga de manera inmediata en el mes de diciembre, antes de Navidad.
¿Quiénes pueden recibir el Bono de Navidad?
Tienen el derecho al “Aguinaldo de Navidad” todos aquellos pensionados y pensionadas que pertenezcan a ciertas instituciones al 30 de noviembre de este año. Estas son: Institución de Previsión Social, Cajas de Previsión de DIPRECA y CAPREDENA, Instituto de Seguridad Laboral y Mutualidades de Empleadores de la Ley 16.744 de Accidentes del Trabajo, según informa el Instituto de Previsión Social (IPS).
Además, pueden obtenerlo quienes pertenezcan al sistema de AFP pero que se encuentren recibiendo el Beneficio de Aporte Previsional Solidario (APS) en esa fecha.
En el caso del IPS, los beneficiarios pueden ser:
- Pensionados de las ex-Cajas de Previsión.
- Personas con Pensión Básica Solidaria (PBS).
- Pensionados con Aporte Previsional Solidario (APS), del Sistema de AFP.
- Pensionados de la Ley N° 19.234 (Exonerados Políticos).
- Pensionados de la Ley de Reparación N° 19.123 (Ley Rettig).
- Pensionados de la Ley de Reparación N° 19.992 (Ley Valech).
- Pensionados de Accidentes del Trabajo, Ley N° 16.744, del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
- Personas que reciben Subsidio por Discapacidad Mental, Art. 35 de la Ley N° 20.255.
- Beneficiarios de indemnizaciones del Carbón, Ley N° 19.129.
El monto se fija según la ley y de acuerdo al IPC del año en curso, en este caso, 2020. El año 2019, por ejemplo, se pagó un valor de aproximadamente $22.452 por beneficiario. Quienes tengan registradas cargas familiares al 30 de diciembre, recibirán un monto adicional.
¿El bono lo podrán recibir trabajadores del sector privado?
La actual normativa establece que no. En este caso, cualquier beneficio que se quiera obtener, debe ser alcanzado por mutuo acuerdo entre las dos partes.
¿Cómo y dónde cobrarlo?
Este se incluye en la pensión mensual, por lo tanto, no deben realizar ni un trámite adicional. Sin embargo, en el caso de los pensionados por IPS, aquellos que lo cobran de forma presencial recibirán el bono junto con su pensión en el lugar de pago habitual.
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Para más información con respecto al Bono Navidad puedes pinchar este enlace o también llamar al 101.