La Cámara de Diputado aprobó ayer el proyecto que excluye del beneficio de rebaja de condena a quienes hayan cometido agresiones sexuales contra menores de edad.
El proyecto de ley, que fue impulsado por el Presidente Sebastián Piñera, ahora fue despachado al Senado.
✅ APROBADO | Cámara aprueba el proyecto que excluye de los beneficios regulados en la ley N° 19.856 a quienes hayan cometido crímenes de carácter sexual contra personas menores de edad.
Pasa al @Senado_Chile
— Diputadas y Diputados de Chile (@Camara_cl) September 29, 2020
¿De qué trata el proyecto de ley?
El beneficio de reducción de condena está regulado por la Ley N° 19.856. La rebaja está destinado los internos que presenten buena conducta y que, además, trabajen y estudien mientras cumplen su pena. De esa manera, pueden rebajar 2 meses de condena por cada año, lo que puede aumentar a 3 meses después de pasar la mitad de la condena que se les otorgó.
No obstante, hoy la ley ya excluye del beneficio a quienes cometan delitos graves - homicidio calificado y parricidio, entre otras. Pero no rige a los que cometen delitos sexuales contra niños, niñas y adolescentes.
Si se aprobase la normativa, el beneficio se excluye a las personas que cometan los siguientes delitos:
- Secuestro y sustracción de menores con violación.
- Violación de persona menor y mayor de 14 años.
- Estupro.
- Abuso sexual agravado.
- Abuso sexual propio o contra persona mayor de 14 años.
- Abuso sexual de persona menor de 14 años.
- Figuras de corrupción de menores.
- Producción de material pornográfico infantil.
- Promoción o facilitación de la prostitución de menores de edad.
- Obtención de servicios sexuales por personas menores de edad.
- Comercialización y almacenamiento de pornografía infantil.
- Trata calificada de personas, en relación a la explotación sexual.
- Robo con violación, cuando al momento del hecho la víctima fuere menor de edad.
- Tortura con violación o con abuso sexual agravado.
- Trato cruel, inhumano o degradante con violación o abuso sexual agravado.