Unas Fiestas Patrias distintas son las que tendremos este 2020 debido a la pandemia por Covid-19. El llamado es a quedarse en casa y tomar todos los resguardos posible para evitar contagios. Lo anterior también implica el cierre del gran comercio y de los supermercados, por tratarse de un feriado irrenunciable, a partir de la noche del jueves 17 de septiembre.
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Este viernes 18 y sábado 19 de septiembre de 2020 corresponden a dos de los feriados irrenunciables obligatorios que existen cada año. Esto significa que por ley, el comercio debe estar cerrado desde las 21:00 horas del jueves 17 de septiembre, hasta las 06:00 horas del domingo 20 de septiembre de 2020.
Fiestas Patrias: ¿Cuál es la excepción?
Los únicos trabajadores del comercio que pueden ejercer durante un feriado obligatorio e irrenunciable como el de Fiestas Patrias son quienes se desempeñan en actividades como restaurantes, expendio de combustibles y farmacias de urgencia, entre otras.
Es importante destacar que aquellos locales comerciales que sean atendidos por sus propios dueños y/o familiares directos también pueden funcionar.
Cuáles son las multas y dónde se puede denunciar
El empleador que no cumpla con otorgar el feriado obligatorio e irrenunciable a sus trabajadores tendrá multas que van desde las 5 UTM ($251.610) hasta las 20 UTM ($1.007.440) por cada trabajador afectado por la infracción.
La Dirección del Trabajo dispondrá en su sitio web www.direcciondeltrabajo.cl con un banner para denunciar o para acceder a la normativa vigente sobre feriados obligatorios e irrenunciables.
Estará activo entre las 18:00 horas del jueves 17 de septiembre y las 15:00 horas del sábado 19 de septiembre.