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¿Qué cosas puedes no pagar si quedas sin trabajo?

Revisa el listado de pagos que quedan suspendidos y puedes no realizar por un cierto plazo si llegas a quedar sin trabajo.

Adria Campos |

¿Qué cosas puedes no pagar si quedas sin trabajo?

Debido a la pandemia por covid-19, millones de personas alrededor del mundo han quedado sin trabajo. Esto debido a las medidas de confinamiento y los cierres forzados de comercios y negocios, sumando millonarias pérdidas todos los días. En Chile se registraron casi 300 mil cartas de despido solo en el mes de marzo. 

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Si quedas desempleado, hay ciertos pagos que quedan suspendidos mientras te encuentres cesante. Esto con el fin de alivianar la carga económica para la persona cesante. Estos son:

Vivienda

No debes preocuparte del pago de tu dividendo, ya que este se encuentra cubierto por el Seguro de Cesantía, por un plazo de 6 meses. Para aquellos que estén al día con este pago, se verán beneficiados con la rebaja del monto del crédito hipotecario, dependiendo del valor inicial.

Crédito educacional (CAE)

Otro pago que queda suspendido es el del Crédito con Aval del Estado (CAE). Este trámite se puede realizar a través del sitio web ingresa.cl. Las cuotas que hayan sido postergadas se añadirán al final del calendario de pago.

Para hacer efectivo el trámite en la plataforma, deberás ingresar: tus datos personales, incluidos aquellos de Previsión Social y Salud, los ingresos que percibiste en los últimos 12 meses, tu estado civil y los datos de tu pareja. Por último, los documentos que acrediten tu situación familiar, rentas y condición de empleo.

Crédito de consumo

Otro pago que queda suspendido si te encuentras sin trabajo es el del crédito de consumo, si es que tienes alguno. Estos pueden ser de consumo, hipotecarios, automotrices, con bancos, o cajas de compensación. Para esto, debes contactarte con un ejecutivo de cuentas, para que te entregue los detalles según entidad.

Fonasa o Isapre

Si tienes Fonasa, debes dirigirte al Instituto de Previsión Social (IPS), o bien, a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC). Estas entregarán la información a Fonasa de tu término de actividad laboral. Así mismo, podrás gozar de los beneficios de salud acreditando que tienes un seguro de desempleo.

En caso de que tengas Isapre, debes hacer uso del seguro de cesantía asociado al plan. Este se hará cargo de cubrir el 100% de las cotizaciones en caso de que hayas quedado sin trabajo de manera involuntaria, por un período de tres meses.

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