Durante este viernes, la subsecretaria de Salud Pública, Paula Daza, realizó un punto de prensa para dar el vamos al decreto sobre el uso obligatorio de mascarilla en lugares en donde haya al menos 10 personas reunidas, así como también el llevar este implemento en ascensores con o sin integrantes en su interior.
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Al respecto, la autoridad adelantó que “en caso de que una persona no use la mascarilla, arriesga una multa de $2,5 millones de sanción“.
Daza también informó acerca de que la medida tiene carácter indefinido, por lo que regirá hasta que las condiciones epidemiológicas permitan su suspensión.
La subsecretaria recordó, además, que no se deben dejar de lado otras medidas que se han recomendado, como por ejemplo el distanciamiento social. De esta forma, aseguró que “no nos parece prudente que las personas disminuyan su protección personal”.
Cabe recordar que el uso de la mascarilla se suma al que ya había sido informado con respecto a la utilización de dicho implemento en el transporte.
Lugares en donde es obligatorio su uso:
- Establecimientos educacionales.
- Lugares cerrados que corresponden a galerías, tribunas, recintos deportivos, gimnasios o estadios.
- Espacios cerrados de aeropuertos o terrapuertos.
- Espacios cerrados como teatros, cines, discotecas y casinos juegos, si se abrieran a futuro.
- Espacios cerrados como supermercados, centros comerciales, pequeños comercios, hoteles, farmacias y demás establecimientos libres para acceso público.
- Establecimientos de salud público o privado.
- Lugares en los que se fabriquen y procesen alimentos.
- Espacios cerrados o abiertos como pubs y restaurantes.
- Residencias de adulto mayor.
Hasta el momento hay 9.252 personas contagiadas y 116 fallecidos según las cifras oficiales del Minsal.
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