De manera unánime, la tercera sala de la Corte Suprema validó la ordenanza que prohíbe fumar en parques y plazas de la comuna de Las Condes.
Lo anterior, llega después de que el excandidato presidencial, Tomás Jocelyn-Holt, presentara un recurso de protección contra la medida implementada por la municipalidad dirigida por Joaquín Lavín.
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De esta forma, se le dio la razón al municipio de dicha comuna, además del Concejo Municipal, en una determinación que Lavín valoró puesto que establece, a su juicio, un precedente en cuanto a aclarar las reales atribuciones con las que cuentan.
"La Corte Suprema es bien clara. Dice, en un párrafo específico, que las municipalidades gozan de facultades normativas que se materializan siempre a la luz de sus objetivos legales, que son satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar su participación en el progreso económico, social y cultural de las respectivas comunas", indicó.
Lavín añadió que "aquí, la protección del medioambiente y de la salud pública son temas donde las municipalidades tienen derecho a regular y eso es lo que se está haciendo. Más allá de esta ordenanza, ayuda a aclarar las atribuciones de los municipios".
Para saber
Desde el 1 de noviembre de 2018 se comenzó a aplicar una ordenanza municipal que prohibía fumar en las plazas y parques de la comuna de Las Condes.
La ordenanza también estableció multas en caso de no cumplir con la exigencia, las que van hasta 5 UTM ($245 mil pesos, aprox.) para quienes fumen en plazas.
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