El Tribunal Ambiental de Valdivia acogió la demanda interpuesta por el municipio de Puerto Varas y de forma unánime condenó a Essal por daño ambiental en la bahía de Puerto Varas del Lago Llanquihue, por el vertimiento de aguas servidas no tratadas.
La sentencia establece específicamente que, “se ha producido una afectación y detrimento al componente agua de la bahía de Puerto Varas del Lago Llanquihue, debido al vertimiento de aguas servidas o mixtas desde los aliviaderos de Santa Rosa y Puerto Chico (...) como consecuencia de las altas concentraciones de coliformes fecales se produce la pérdida del valor o servicio de uso de carácter recreativo y para deportes acuáticos, con y sin contacto directo, en la bahía Puerto Varas en el Lago Llanquihue".
Reparación del daño ambiental Essal
Como responsables del daño ambiental en el Lago Llanquihue, el Tribunal Ambiental determinó que Essal deberá reparar los daños causados. Se establece de tendrá que presentar “un plan de reparación de dicho daño, debidamente respaldado, dentro del plazo de 30 días desde que la sentencia se encuentre ejecutoriada”.
Además se deberá incluir la instalación de una estación meteorológica de la empresa en Puerto Varas, un proyecto para aumentar la capacidad de conducción de aguas servidas, un proyecto técnico para aumentar la capacidad de homogeneización de aguas servidas de ambas plantas e implementar monitores a la calidad de las descargas de los aliviaderos de tormentas.
Essal deberá elaborar un plan para disminuir las conexiones ilegales de bajadas de lluvia y aguas servidas, así como mejorar y reparar el sistema de alcantarillados para reducir la infiltración de aguas.
Según detalla el fallo, "es un hecho indiscutido que la activación de los aliviaderos y el vertimiento de aguas servidas o mixtas a través de estos al Lago Llanquihue viene produciéndose al menos desde el año 2010, y no existen antecedentes que permitan determinar que esto no seguirá ocurriendo. Por el contrario, de acuerdo al análisis realizado, es altamente probable que se hayan producido y esto siga sucediendo en el futuro".
Cabe recordar que la empresa sanitaria ya había sido multada, por este vertimiento con 400 millones de pesos.
El Tribunal Ambiental determina entonces que, "la conducta demostrada por la demandada dista de los estándares de diligencia exigibles a un hombre razonable puesto en situación de poner el riesgo la salud de la población".
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