Desde el 1 de noviembre de 2018 se comenzó a aplicar una ordenanza municipal que prohibía fumar en las plazas y parques de la comuna de Las Condes. Con esto se convertía en la primera comuna de Chile en aplicar una normativa así, pero esto no duró mucho.
La Corte de Apelaciones de Santiago acogió un recurso de protección y anuló la ordenanza municipal. Esto se debió a un fallo unánime la Cuarta Sala el tribunal de alzada que estableció la existencia de un actuar arbitrario de la municipalidad al dictar esta ordenanza.
“La municipalidad recurrida afecta el derecho de igualdad ante la ley, al establecer diferencias para el uso de bienes nacionales de uso público, al margen de la ley, dando un trato diverso a personas en la misma situación, desde que en las plazas de la comuna de Las Condes, aquellos que fuman -como el recurrente- no pueden hacerlo en circunstancias que en otras comunas del país no rige tal prohibición, dando así un trato diverso a personas en una misma situación”, estipulaba el fallo.
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Cómo funcionaba hasta ahora la normativa que prohibía fumar en estos espacios?
La ordenanza se comenzó a aplicar desde noviembre del año pasado y afectaba a 500 plazas y parques. Quienes fumaran en alguno de estos espacios arriesgaban multas de hasta 237 mil pesos. El objetivo era alejar a los fumadores de las zonas donde los niños juegan y las personas hacen deporte.
En el caso de los parques que tuvieran más de una hectárea, como el Parque Araucano, Juan Pablo II y Los Dominicos, pusieron zonas exclusivas para fumadores.