La Corte Suprema acogió una demanda presentada contra Metro de Santiago por infringir la Ley Antidiscriminación —también conocida como Ley Zamudio— por no contar con una entrada especial para personas con movilidad limitada en estación Santa Isabel.
En fallo unánime, la entidad resolvió que el tren subterráneo deberá pagar una multa de 30 UTM, equivalente a 1,4 millones de pesos, según consignó El Mercurio.
El máximo tribunal también ordenó a Metro que deberá adoptar todas las medidas necesarias para no incurrir nuevamente en esta vulneración de derechos de pasajeros con discapacidad.
Las explicaciones de Metro de Santiago
La empresa presentó un único alegato que no fue atendible por la Corte Suprema. Según Metro, no estaban obligados a "dar cumplimiento a la normativa", puesto que les otorgaron un plazo de ocho años para la construcción de este acceso.
Sin embargo, desde el máximo tribunal aclararon que esto es sólo para instalaciones nuevas. Sin embargo, las que ya existen deben tener una rápida adecuación.
En un comunicado, Metro aseguró que cuentan con un proyecto para "construir ascensores en todas sus estaciones" que actualmente está en proceso de ejecución.
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