Legalmente hablando, y después de un fallo unánime elaborado por la Corte de Apelaciones de Santiago, a partir de ahora podría considerarse "abusivo" y una "vulneración a los derechos de los habitantes de las viviendas" el que un contrato de copropiedad prohíba la tenencia de mascotas en departamentos.
La decisión ocurre luego que la Sexta Sala del tribunal presentara su postura respecto a la apelación de una mujer, que estaba siendo obligada a abandonar a su mascota, un perro Schnauzer, por no cumplir con el contrato de su vivienda.
La cláusula de aquel contrato estipulaba: "Queda terminantemente prohibido: 19.- Ingresar al Edificio y/o mantener en cualquier unidad o espacio común o Bien de Dominio Común, animales domésticos”.
La respuesta de la Corte de Apelaciones
La Corte se puso del lado de la mujer y falló que dicha cláusula implicaba un "actuar abusivo", por lo que se decidió anular la especificación.
La Corte de Apelaciones Santiago acogió una demanda y estableció que una cláusula de un contrato de copropiedad que prohíbe la tenencia de mascotas en un condominio de edificios vulnera los derechos de los habitantes del conjunto habitacional.
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— Poder Judicial Chile (@PJudicialChile) June 12, 2018
Así, los jueces establecieron que dicha cláusula del reglamento de copropiedad es contraria a la ley y debe ser sustituida por una restricción para "mantener en cualquier espacio común o bien de dominio común, animales domésticos".
Eso dejaría sin restricción el que los animales puedan estar dentro de los espacios privados de los propietarios; es decir, al interior de los departamentos. Por lo que, de ahora en adelante, este fallo quedará como precedente para futuras disputas legales, en donde se podrá exigir siempre el derecho a que tu mascota viva contigo dentro de tu inmueble.
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